En fecha 5 de julio de 2018 el Tribunal Supremo dictó sentencia unificadora de doctrina en la que considera que para solicitar la jubilación anticipada en aquellos supuestos en los que el cese del trabajador se produce por una causa a él no imputable, constituye requisito necesario e ineludible acreditar que la indemnización ha entrado efectivamente en el patrimonio del trabajador constatándose a través de elementos objetivos, por lo que no resulta admisible un mero documento privado, sino que debe acreditarse el medio de pago utilizado como, por ejemplo, cheques o transferencias bancarias.
Blog
Showing posts tagged with: jubilación anticipada
Jubilación anticipada involuntaria. ¿Puede acreditarse el pago de la indemnización mediante documento privado?
Derecho Laboral y Seguridad Social / 03.10.20180 comentarios
Reconocida la jubilación anticipada a un autónomo.
Derecho Laboral y Seguridad Social / 12.03.20180 comentarios
En su sentencia de día 21 de diciembre de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de Navarra confirma el derecho a la jubilación anticipada de un autónomo que tuvo que cerrar su negocio y permaneció en el paro más de 2 años. Entiende el Tribunal que el hecho de que se inscribiera como demandante de empleo inmediatamente después de que se diera de baja en el RETA, cuando además la baja fue debida a la falta de viabilidad económica de su negocio, debe considerarse como una situación equivalente a la del paro involuntario, máxime acreditando más de 44 años de cotización.
Leer Más >>