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Deducciones en el IRPF por arrendamiento de inmueble

Fiscal / 22.04.20190 comentarios

Según Hacienda (DGT V0097-19) cuando se está reformando un piso con la idea de destinarlo a alquiler los gastos que se deriven por estas obras son deducibles hasta el límite de los ingresos brutos.

Por tanto, si durante el año de la reforma no se obtienen ingresos, los mismos podrán deducirse durante un periodo de cuatro años siguientes.

Por otro lado, debemos tener en cuenta que durante el periodo de las reformas, y entendiendo que la misma se encuentra deshabitada los propietarios deberán imputarse como renta presunta el 2% o el 1,10% del valor catastral.

Sin embargo, puede discutirse esta cuestión, pues si los propietarios tienen verdadera intención de arrendarlo, y pueden demostrar ello por ejemplo con la cesión a una agencia inmobiliaria, podrían evitar tener que computar ese porcentaje  como renta al que hemos hecho referencia. En tal sentido, Sentencia del TSJ de Cataluña, de 19 de noviembre de 2015.

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Devolución IRPF prestaciones por maternidad.

Derecho Laboral y Seguridad Social / 27.11.20180 comentarios

La Agencia Tributaria ha recibido ya los datos de la Seguridad Social sobre los permisos de maternidad y está cruzando las cifras, por lo que, al parecer, está «muy cerca» de arrancar el mecanismo de devolución del IRPF cobrado en estas prestaciones como consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo que determinó su exención.

Fuentes del Ministerio de Hacienda afirman que están estudiando el procedimiento más rápido para proceder a la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad, de forma que la información nazca cruzada y los contribuyentes no tengan que aportar justificantes, así como que en las declaraciones de la Renta de 2018, que se presentarán el próximo ejercicio, tal exención ya vendrá contemplada.

El Tribunal Supremo determinó a principios de octubre que las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social que perciben los padres trabajadores durante la baja tras el nacimiento de un hijo, están exentas del IRPF, en contra del criterio que había mantenido hasta entonces la Agencia Tributaria.

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Arrendamientos de inmuebles para uso distinto de vivienda

Fiscal / 22.05.20180 comentarios

En los arrendamientos de inmuebles para uso distinto del de vivienda (locales de negocio, naves industriales, oficinas) la base imponible sobre la que se calcula la cuota de IVA y la retención correspondiente al Impuesto sobre Sociedades o al IRPF, está constituida por la renta pactada en el contrato más todos los gastos que el arrendador repercuta a su arrendatario, entre otros, recogida de basura, consumos, comunidad de propietarios e IBI.

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Rescate de las aportaciones a un plan de pensiones.

Derecho Mercantil, Fiscal / 18.04.20180 comentarios

Si tiene Vd. previsto rescatar las aportaciones efectuadas a un plan de pensiones, es absolutamente recomendable que con carácter previo analice las distintas opciones de cobro y su repercusión en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Además, si es Vd. socio de una sociedad cuyas acciones o participaciones gozan de exención en el Impuesto sobre el Patrimonio, es de la máxima importancia revisar si la cantidad a cobrar puede poner en riesgo dicha exención.

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Objetivos de la Inspección Tributaria en 2018.

Fiscal / 06.02.20180 comentarios

El pasado 23 de enero se publicó en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para 2018, según el cual los esfuerzos de la Agencia Tributaria se centrarán principalmente en la detección de derechos y bienes ocultos, así como en rentas no declaradas por los contribuyentes. La explotación de la información será clave, pero anuncia un aumento de su presencia en aquellos sectores y actividades donde la economía sumergida tiene mayor representación, medida que afectará a muchos autónomos, así como su personación en las sedes donde se realiza la actividad efectiva a fin de controlar la canalización de rentas de personas físicas.

En relación con el IVA, la incorporación del Sistema de Información Inmediata (SII) hace que todos aquellos contribuyentes que utilicen este sistema dejen de estar obligados a presentar el Resumen Anual de IVA a través del modelo 390, por lo que incrementará su actividad en la detección de IVA dejado de ingresar. Se anuncian también controles preventivos del Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) con la finalidad de permitir el acceso al mismo únicamente a operadores de actividades económicas reales. Además, en este mismo ámbito intracomunitario, la Agencia Tributaria prestará especial atención a todas aquellas operaciones relacionadas con el sector de vehículos, así como sobre importaciones de productos de consumo, textiles y otros de origen asiático, dado el alto nivel de fraude que en ellas se presume.

Respecto del Impuesto sobre Sociedades, las actuaciones se focalizarán en las operaciones vinculadas y la detección de sociedades creadas con la intención de canalizar renta de personas físicas con el propósito de conseguir una menor tributación en el IRPF. En ese sentido cabe recordar que hace unos meses se aprobó el modelo informativo 232, exclusivamente reservado para operaciones vinculadas y operaciones realizadas con paraísos fiscales. Del mismo modo que ocurre con las operaciones vinculadas, los establecimientos permanentes también son un punto caliente para el fraude fiscal, por lo que durante este 2018 se controlará de una forma más intensa la tributación interna de los mismos.

Especial cuidado deberán tener también todos aquellos contribuyentes que se encuentren dentro de regímenes especiales de IVA o IRPF, como el de estimación objetiva, ya que se revisará que los integrantes de este régimen sigan cumpliendo las condiciones necesarias para poder aplicarlo.

Por último, se intensificará el control sobre las fundaciones o entidades sin ánimo de lucro con objeto de evitar abusos de su régimen fiscal especial y, en cooperación con las Comunidades Autónomas, se controlará el IVA de las operaciones inmobiliarias o el efectivo cumplimiento de los requisitos en aquellas declaraciones de Sucesiones y Donaciones donde se apliquen beneficios fiscales.

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