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Habilitar zona de fumadores en centros de trabajo
Derecho Laboral y Seguridad Social / 13.02.20190 comentarios
Debe tener en cuenta que se considera infracción grave habilitar zonas de fumadores en los centros de trabajo, así como permitir fumar en los lugares en los que exista prohibición total de fumar. Las sanciones previstas para este tipo de infracciones van desde 601 euros a 10.000 euros.
Leer Más >>Infracción grave el no formalizar contrato de trabajo por escrito
Derecho Laboral y Seguridad Social / 27.11.20180 comentarios
La no formalización del contrato de trabajo por escrito cuando resulta obligatoria supone una infracción grave del empresario a tenor de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley de Infracciones en el Orden Social, pudiendo ser sancionado por la Inspección de Trabajo con multa de 626 a 6.250 euros.
Leer Más >>Condiciones de trabajo inferiores a las legales o establecidas por convenio colectivo
Derecho Laboral y Seguridad Social / 24.10.20180 comentarios
Debe tener en cuenta que se considera infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros, establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidos legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores.
Leer Más >>Debe tener en cuenta que se considera infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros, establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidos legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores.
Leer Más >>Condiciones de trabajo inferiores a las legales o fijadas en convenios colectivos
Derecho Laboral y Seguridad Social / 02.05.20180 comentarios
Debe tener en cuenta que se considera infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros, establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidos legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores.
Leer Más >>Debe tener en cuenta que se considera infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros, establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidos legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores.
Leer Más >>Debe tener en cuenta que se considera infracción grave, sancionable con multa de 626 a 6.250 euros, establecer condiciones de trabajo inferiores a las establecidos legalmente o por convenio colectivo, así como los actos u omisiones que fueren contrarios a los derechos de los trabajadores.
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