Herencias
Abogados especialistas en Herencias.
En CumLaude Abogados contamos con amplia experiencia asesorando a nuestros clientes en sus herencias.
A menudo nuestros clientes nos preguntan ¿Debo hacer testamento? ¿Para qué sirve hacer testamento? ¿Qué pasa si no hago testamento? ¿Cuántos impuestos van a tener que pagar mis hijos por heredar los bienes que les deje? ¿Qué tengo que hacer para recibir mi herencia? Solemos atender cada una de dichas preguntas del siguiente modo:
¿Cuántos impuestos van a tener que pagar mis hijos por heredar los bienes que les deje?
El mejor asesoramiento sobre herencias es el que comenzamos con una adecuada planificación sucesoria que se anticipe a posibles conflictos que pueden surgir una vez se produce el fallecimiento entre los herederos.
Es importante que nuestros clientes conozcan el impacto fiscal que puede ocasionar en sus herederos la transmisión de sus bienes a su fallecimiento y con estos datos, decidan la forma más óptima de transmitir su patrimonio.
Les solemos hacer una simulación de los impuestos que podrían pagar atendiendo a su patrimonio y a sus herederos, con esa información estudiamos si es más ventajoso fiscalmente transmitir los bienes mientras vivan y de qué forma hacerlo.
¿Debo hacer testamento? ¿Para qué sirve hacer Testamento?
Cuando nos preguntan si deben hacer testamento y para qué sirve, les explicamos que resulta conveniente otorgarlo para que expresen su voluntad sobre a quién dejan sus bienes y de qué forma quieren repartirlos.
Aún es más recomendable hacerlo si se dispone de patrimonio fuera de España o parte de los herederos puedan ser extranjeros. Cuando las herencias tienen un componente internacional es imprescindible contar con asesoramiento especializado en derecho internacional privado.
También es relevante informarles de la utilidad del testamento en el caso de que estén divorciados puesto que cuando existen hijos menores de edad, en el caso de su fallecimiento, será el progenitor del que se han divorciado quien administrará los bienes que les dejen en herencia. En éstas circunstancias es habitual que otorguen testamento en el que designen un administrador de los bienes de la herencia hasta cierta edad, también pueden designar un tutor y un contador partidor.