Representación legal de los trabajadores y despidos objetivos individuales.

Derecho Laboral y Seguridad Social / 07.12.20170 comentarios

En fecha 25 de octubre de 2017 el Tribunal Supremo dictó sentencia unificadora de doctrina en la que establece que la obligación de que la empresa tenga que consultar previamente a los representantes legales de los trabajadores en caso de despido colectivo para que éstos emitan un informe al respecto no cabe extenderla a los casos de despidos objetivos individuales.

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