El empleador puede acceder a ficheros personales del trabajador.

Derecho Laboral y Seguridad Social / 12.03.20180 comentarios

El pasado día 22 de febrero de 2018 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictó sentencia en la que considera que no vulnera el derecho al respeto de la vida privada la decisión de la empresa de analizar ficheros clasificados en el ordenador profesional del trabajador como «datos personales» cuando las instrucciones de la empresa indican específicamente que las informaciones privadas deben estar claramente identificadas como «privado«.

Etiquetas: , , ,

Responder

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

You may use these HTML tags and attributes: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies ACEPTAR

Aviso de cookies
Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com