Cuota de reserva del 2% de los puestos de trabajo para personas con discapacidad.

Derecho Laboral y Seguridad Social / 19.03.20180 comentarios

El artículo 5 del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de los trabajadores minusválidos, establece que dentro del primer trimestre de cada año, con conocimiento de los representantes del personal, las empresas que empleen un número de trabajadores que exceda de 50 deberán enviar a la Oficina de Empleo del SPEE-INEM de la provincia en la que tengan su sede social, así como a las de las provincias donde tengan centros de trabajo, relación detallada de los puestos de trabajo ocupados por trabajadores minusválidos y de aquellas que por sus características queden reservados a los mismos.

Para el cómputo de la plantilla deben tenerse en cuenta, tanto los trabajadores fijos, como los trabajadores con contrato temporal.

Si se encuentran Vdes. en este caso y se les presentan dudas en relación con la cumplimentación de tal obligación de comunicación les invitamos a que se pongan en contacto con nuestro personal del Departamento Laboral, quienes les facilitarán la información que sobre el particular pueda resultar de su interés.

Etiquetas: ,

Responder

Su dirección de correo electrónico no será publicada.

You may use these HTML tags and attributes: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <s> <strike> <strong>

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies ACEPTAR

Aviso de cookies
Social Media Auto Publish Powered By : XYZScripts.com